México.- La buena implementación de la apicultura respeta la vida de las abejas y beneficia con empleo a más de 43 mil familias en México, sin embargo la venta de miel adulterada en el mercado afecta a las cadenas de producción apícolas, para evitarlo la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural emitió la Norma 004 (NOM-004 SAG/GAN-2018).

Con esta norma serán reguladas la cadena de producción apícola a través de condiciones que debe cumplir la producción y comercialización de miel, y cuyo objetivo es evitar la miel adulterada e impedir fraude al consumidor.

Estas regulaciones prometen también proteger la apicultura y a las abejas. La Norma busca impulsar el desarrollo de la apicultura nacional y la competitividad de la cadena productiva de la miel.

La industria de apicultura registra una producción anual superior a 57 mil toneladas de miel, con dos millones de colmenas, y ubica a México como tercer país líder mundial en exportación del dulce, con un promedio anual de 42 mil toneladas de ventas foráneas en los últimos cinco años (con valor de 156 millones de dólares en 2015, como año récord).

Importancia de las abejas para el mundo

Se hace hincapié en el documento emitido la importancia de las abejas en los ecosistemas del mundo, así como el riesgo que supone su desaparición para las cadenas de producción de alimentos. Se calcula un valor de 43 mil millones de pesos para México. Su aportación económica está calculada en un 10 por ciento del valor de la agricultura mundial.

«La polinización es el proceso por el cual se favorece la reproducción de plantas, y la producción de frutos y semillas que son indispensables para la regeneración de ecosistemas y que constituyen un alto porcentaje de la alimentación de personas y animales. «

Norma 044

Entre las condiciones para la producción de miel, la NOM-044 determina que ésta debe realizarse asegurando en todo momento el cuidado y bienestar de las abejas, el apicultor deberá utilizar colmenas tecnificadas en buen estado que garanticen el correcto manejo y cuidado de las abejas para minimizar el daño a las colonias.

La miel no debe contener ningún ingrediente adicional

La Norma señala que “la miel no deberá contener ningún ingrediente adicional, debe estar libre de fragmentos de insectos, así como de cualquier otra materia extraña; no deberá haber comenzado a fermentar (excepto en mieles de mangle), o producir efervescencia”.

la miel no deberá contener ningún aditivo como colorante, saborizantes, conservadores e inhibidores microbianos”, no “deberá adulterarse, por ejemplo con agua, glucosa, fructosa, melazas, almidones, gomas, dextrinas, o cualquier otro tipo de azúcares o jarabes”, ni someterse a tratamientos químicos o bioquímicos que influyan en su cristalización

Dice el comunicado oficial

Científicos y productores crean la norma 044

Para la elaboración de la norma 044, la Secretaría de Agricultura contó con una amplia colaboración de agentes de la cadena de producción y comercialización de miel, así como de científicos, académicos e instancias reguladoras.

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